REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Cuarto 14° de Primera Instancia de Mediación Sustanciación Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, (18) de julio de 2012
202° y 153°
ASUNTO: AP51-V-2011-020038
Visto el escrito presentado en fecha 12/07/2012 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos URDD, por los abogados ANA MARIA VILLANUEVA Y NORELIZ HAYER BRICEÑO, inscrito en el inpreabogado bajo los números 45.313 y 121.111 respectivamente, y vista la extensión al acuerdo presentado en fecha 27/05/2012 de Responsabilidad de Crianza (Custodia), al cual han llegado los ciudadanos ALVARO DIAZ ARROYO y YLIANA CECILIA RIVAS MILEO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-10.331.570 y V-9.411.019, respectivamente, a favor de sus hijos, “cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes” respectivamente; este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dichos acuerdos en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos; se le imparte su aprobación, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada. Expídase por secretaria dos (02) juegos de copias certificadas y entréguese a los solicitantes; a tal efecto se insta a las partes a consignar los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
La Juez,
Abg. ENOE CARRILLO CASTELLANOS.
La Secretaria,
Abg. ANADIS OCHOA
AP51-V-2011-020038
|