REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Mediación Sustanciación Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Caracas 31 de julio del 2012
202° y 153°
ASUNTO: AH51-X-2009-000976.
Vista la diligencia de fecha 26//07/2012, suscrita por los abogados OLGA CAMPOS y MARIO CASTRO, inscritos en el inpreabogado bajo los números 17.922 y 47.532, este último en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana NOELIA GARCIA PEREZ, identificada en autos, mediante la cual solicita se levante la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada en fecha 12/11/2009, en virtud de que la parte intimada hizo entrega a la parte intimante de un cheque de gerencia Nº 01609578, del Banco Exterior de fecha 20/06/2012 por la cantidad de Treinta Mil Bolívares (Bs.30.000,00) por consiguiente se de por terminado el presente juicio. En consecuencia y visto el petitorio presentado por los referidos abogados, este Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Mediación Sustanciación Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley SUSPENDE la Medida de Prohibición de enajenar y gravar que pesa sobre el (50%) de los derechos que le corresponden a la ciudadana Noelia García Pérez del bien inmueble que a continuación se transcribe; “Inmueble distinguido con el Nº 3, Letra “C”, piso 3 del Edificio denominado “Residencias Palmeira”, situado en el Bloque Nº 12, distinguido con el Nº 7 en el plano de la Urbanización el Caribe, Parroquia Caraballeda del Municipio Vargas del Estado Vargas, cuyos linderos son: NORTE: Con el apartamento 3-B, pasillo de circulación, cuarto de basura y medidores de agua, fosa del ascensor, escaleras que conducen a los pisos superiores e inferiores y fachada norte del edificio: SUR: Con la fachada sur del edificio: ESTE: Con la fachada este del edificio y OESTE: Con la fachada oeste del edificio. Dicho inmueble fue adquirido por la hoy extinta comunidad conyugal que existió entre los ciudadanos José Manuel Tejeiro Camino y Noelia Beatriz García Pérez, según consta en documento Protocolizado por ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Estado Vargas, en fecha 19 de febrero de 2004, bajo el Nº 38, Tomo 7, Protocolo Primero”, dicha medida fue decretada por el Extinto Juzgado IV de este Circuito Judicial en fecha 12/11/2009, según oficio 11588. En este sentido se ordena librar el oficio correspondiente, a los fines de informar de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado por el Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Mediación Sustanciación Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional Caracas 31 de julio del 2012 . Año 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZA
DRA. ENOE CARRILLO CASTELLANOS
LA SECRETARIA
ABG. ANADIS OCHOA
AH51-X-2009-000976
|