REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición
Caracas, 27 de julio de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AP51-J-2012-010799
Motivo: TUTELA
Solicitante: FLOR ZULAY HERANDEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.117.204
Abogada: AMELIA RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Pública Octava (08°)
Adolescente y Niñas: ****, de quince (15), once (11) y ocho (08) años de edad, respectivamente.

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de TUTELA, presentada por la ciudadana FLOR ZULAY HERANDEZ GONZALEZ, ut supra identificada, asistida por la Abogada AMELIA RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Pública Octava (08°), actuando en interés de la Adolescente y Niñas: ****, de quince (15), once (11) y ocho (08) años de edad, respectivamente, en virtud del fallecimiento de su madre YERDIN VIANNEY APONTE HERNANDEZ, quien fue titular de la cédula de identidad N° V-12.563.176; no teniendo filiación paterna; así como vistas las juramentaciones y aceptaciones de los cargos, realizadas por todas las personas postuladas para conformar dicho consejo, y habiéndose cumplido con los requisitos para ello; esta Juez del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 301, 325 y 335 del Código Civil, DISCIERNE LOS CARGOS de TUTOR a la ciudadana FLOR ZULAY HERNANDEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.117.204, PROTUTORA a la ciudadana WILMARYS MAILYN BLANCO APONTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 19.738.620, SUPLENTE DE LA PROTUTORA a la ciudadana YURIMAY CARVALLO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.798.293, y como MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA a los ciudadanos DAYANA ANGULO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.642.084, DAYANA MAILIN APONTE ROMERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-13.136.118, BEATRIZ ELENA HERNANDEZ DE CARVALLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.348.668 y ALICIA MARGARITA HERNANDEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.117.203, conformándose así el CONSEJO DE TUTELA de la adolescente ****, de quince (15), once (11) y ocho (08) años de edad, respectivamente, con todos los deberes inherentes a los mencionados cargos. Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines de que surtan sus efectos legales. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día veintisiete (27) días del mes de Julio de Dos Mil Doce (2012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
LA JUEZ

DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,

ABG. BREIXA OSORIO



AP51-J-2012-010799
Lcd/bo/marianna