REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal 15to
Caracas, 09 de julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-011784
SOLICITANTE: YABEIDY SURANY MORENO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.200.286.
ADOLESCENTE: ****, de catorce (14) años de edad.-
ABOGADA: MARITZA VALERO, en su carácter de Defensora Pública Quinta (05°)
MOTIVO: CARGA FAMILIAR.
Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana YABEIDY SURANY MORENO GONZALEZ, ut supra identificada, actuando en nombre y representación del adolescente ****, de catorce (14) años de edad, por la cual solicitó que el ciudadano EDGAR JOSE ROMERO BARRIOS, sea declarado carga familiar del adolescente ya mencionado. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cumplidas como fueron las formalidades de Ley, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la solicitud de CARGA FAMILIAR y en consecuencia se declara al adolescente ****, de catorce (14) años de edad, carga familiar del ciudadano EDGAR JOSE ROMERO BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.870.683. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena CIERRE Y ARCHIVO. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En Caracas, a los nueve (09) días del mes de julio del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ
DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA
ABG. LUISA OLIVEROS
AP51-J-2012-011784
Lcd/lo/marianna
|