ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004670

En el día de hoy, veintiuno 21 de junio de 2012, oportunidad fijada para que tenga lugar la ejecución forzada de la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo (7ª ) de Primera Instancia de Sustanciación, Medición y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana Caracas, en el Juicio incoado por el ciudadano ABRAHAN BUITRIAGO LEON, contra la empresa J.G.A. SEGURIDAD, C.A., siendo las 09:00 Am. Se trasladó y constituyo el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Medición y ejecución del Circuito del Trabajo del Área Metropolitana de caracas, en la sede de la demandada J.G.A SEGURIDAD, C.A., ubicada en la ESQUINA DE PUNCERES A ESCALINATA, TORRE AUSTELIZ, 33-3, PISO 7, FRENTE A POLLOS ARTUROS, BAJANDO POR EL C.I.C.P.C., MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, CARACAS, con la presencia del Juez titular ABG. DIEGO ANTONIO ARAUJO AGUILAR y el secretario ABG. RAFAEL FLORES; igualmente se encuentra presente la abogada JOSETTE GOMEZ, IPSA Nª 117.564, apoderada judicial del ciudadano ABRAHAN BUITRIAGO, parte actora en el presente procedimiento. En este estado el Tribunal notifica de su misión a la ciudadana DAYURIS EVELYN VALLADARES GONZALEZ, quien se identificó con la cédula de identidad 16.134.976 y dijo ser la secretaria y el ciudadano JOSE GREGORIO AREVALO, titular de la cédula de identidad ad Nª 8.226.565, en su carácter de dueño de la ejecutada, J.G.A. SEGURIDAD, C.A. Asistido por la ciudadana abogada MARIELA POTENZA, inscrita en el IPSA Nª 71.791, Asimismo se deja constancia que se encuentran presentes en este acto, los ciudadanos NELSON URIBE, titular de la cédula de identidad Nª 3.222.092, en su condición de Perito Avalador y el ciudadano YLDEMARO LEMUS, titular de la cédula de identidad Nª 4.951.591, en su condición de depositario Judicial. En este estado, el Ciudadano JOSE GREGORIO AREVALO, titular de la cédula de identidad Nª 8.226.565, procede a dar cumplimiento voluntario al fallo, ordenando para el día 25 de junio 2012, en dos partes, la primera por la cantidad de cinco mil seiscientos cincuenta bolívares con cuatro céntimos (Bs. 5650,04), para el día nueve 9 de julio 2012 y un segundo pago por la cantidad, de cinco mil seiscientos cincuenta bolívares con cuatro céntimos (Bs. 5650,04), para el veintitrés de julio 2012. Así como el pago por concepto de los honorarios Profesionales al experto contable ciudadano EUGENIO GAMBOA, por la cantidad de dos mil ciento sesenta (2.160), para el día veinticinco 25 de junio 2012. Igualmente procede a dar cumplimiento del pago a los ciudadanos NELSON URIBE e YLDEMARO LEMUS, por la cantidad de un mil Bs. 1000, cada uno, en su carácter de depositario y perito, respectivamente. Es todo, en este estado interviene la apoderada judicial de la parte actora ejecutante abogada JOSETTE GOMEZ y expone; solicito al Tribunal se sirva suspender la ejecución de la medida de embargo ejecutiva de embargo y ejecución forzada del acuerdo. Es todo. Seguidamente el Tribunal combaste a las exposiciones y solicitudes formuladas por las partes homologa el presente acuerdo dándola efecto de cosa Juzgado y procede a suspender en este acto la medida de embargo ejecutiva.

Asimismo deja constancia del pago efectuado por el representante legal de la demandada a la parte actora. En estado, este Tribunal, da por concluido el acto, siendo las 02:30 pm, ordena el retiro y traslado del mismo a su sede natural, ubicada en el Centro Financiero Latino, Avenida Urdaneta, piso 2. Es todo y se ordena el cierre y archivo del presente expediente, se layó y conformes firman.
EL JUEZ
DIEGO ANTONIO ARAUJO AGUILAR

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

LOS NOTIFICADOS Y SU ASISTENTE
LOS AUXILIARES DE JUSTICIA

EL SECRETARIO



RAFAEL FLORES