REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, miércoles 27 de Junio de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AP21-L-2009-001472

En el día de hoy, miércoles 27 de Junio de 2012, siendo las 09:00 a.m., oportunidad señalada por este Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, para que tenga lugar la práctica de la Medida Ejecutiva de Embargo en el juicio incoado por el ciudadano JOSE ANTONIO ROSAL contra las empresas demandada URBANIZACION NUEVA CASARAPA, C.A., DESARROLLOS URBANOS EL ALAMBIQUE y CORPORACION SILRO, C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, decretada por auto de fecha 06 de abril de 2011, se trasladó y constituyó el Tribunal con la presencia el ciudadano Juez Abg. DIEGO ANTONIO AGUIAR AGUILAR y el ciudadano Secretario Abg. RAFAEL FLORES, así con la presencia del abogado ANDRES MONSALVE inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado Bajo el Nro. 96.443. Asimismo, se deja constancia de que se informa de la medida Ejecutiva de Embargo a practicarse sobre la cuenta Nro. 01340106311061018448, perteneciente a la empresa codemandada CORPORACION SILRO, C.A., a la ciudadana GABRIELA MERCADO, titular de la cédula de identidad No.12.386.794, en su carácter de SUB-GERENTE DEL BANCO BANESCO BANCO UNIVERSAL, Ubicado en la Avenida Fuerzas Armadas, procediendo el precitado ciudadano a verificar el monto de la ejecución y en tal sentido libró un (1) cheque de gerencia, el cual se describe a continuación: 1ro) cheque Nro. 38815158, por el monto de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 200.000), librado a favor del ciudadano JOSE ANTONIO ROSAL, en su carácter de parte actora. En este Estado el Tribunal deja constancia de la recepción del cheque antes descrito, y ordena su entrega material a la parte actora. En este estado, declara terminado el presente acto, y se procede al traslado del Tribunal a su sede natural ubicada en el centro financiero latino siendo las dos de la tarde, piso 2 y se ordena librar cuatro ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto de la presente acta. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman:

EL JUEZ

DIEGO ANTONIO AGUIAR AGUILAR


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA


EL NOTIFICADO


EL SECRETARIO


RAFAEL FLORES