REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-001432
PARTE ACTORA: JHONY WOLFGANG CADENAS VARGAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITA
PARTE DEMANDADA: REST. EL LAGAR DEL VINO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITA
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy ocho (08) de junio de dos mil doce (2012), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previa distribución le correspondió a este Juzgado celebrar la misma, dándose inicio se deja expresa constancia que ni la parte actora ni la parte demandada, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo cual y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
La Jueza
El Secretario
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Héctor Mujica
Nota: el secretario de este Juzgado deja expresa constancia que el día de hoy 08 de junio de 2012, a las 10:30 a.m., se dictó y publicó la presente sentencia
Abg. Héctor Mujica
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