REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 01 de Junio de 2012
202º y 153º
CARTEL DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la ciudadana HILDA MARIA CAPOTE DE PEDRO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Número: 6.002.001, y/o su Apoderada Judicial, Margarita García Cachazo, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número:5.555, que con motivo del Juicio que por ACCIÒN REIVINDICATORIA, sigue usted a la COMPAÑÍA ANONIMA BIENES RAICES AURORA S.A,(Expediente signado bajo el Nº 0077-12, nomenclatura de este Juzgado Itinerante, Nº AH1A-V-1998-000063, Expediente antiguo), Nº AH16-V-1998-000003, Expediente antiguo), este Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 30 de noviembre del 2011, procedió abocarse de oficio al conocimiento de la causa y en consecuencia ordeno su notificación mediante Cartel, el cual deberá ser fijado tanto en Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, como en la sede de este Juzgado. Asimismo, ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos el cumplimiento de las formalidades anteriores comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho después de la constancia en autos de la última de las notificaciones, la causa se reanudará en el estado en que se encuentra y, paralelamente correrá el lapso de tres (3) días de despacho señalados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil. Vencido dichos lapsos se procederá a realizar las actuaciones correspondientes, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ TITULAR
DRA. ADELAIDA C. SILVA MORALES.
EXP. Nº 0063-12
EXP. Antiguo AH16-V-1998-000003
ACSM/ JOSE.