REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 12 de junio de 2012
202º y 153º



ASUNTO: AP21-S-2012-000878
PARTE OFERENTE: CLIN, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: ADRIANA BRACHO
PARTE OFERIDA: JADINSON MEZA
ABOGADO QUE ASISTE A LA PARTE OFERIDA: ALVIN VELAZQUEZ
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO


Visto el escrito presentado en fecha 05 de junio de 2012 por ambas partes, por medio del cual celebran un acuerdo transaccional, por la suma total de Bs. F. 7.100,00, para poner fin al presente asunto; este Tribunal, revisado como ha sido el contenido, observada la debida asistencia y representación jurídica y la relación circunstanciada de los hechos que la motivan y de los derechos en ella comprendidos, observados el cumplimiento de los parámetros dispuestos en el artículo 19 de La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; al no encontrarse vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, lo HOMOLOGA en los términos legales en ésta especificados otorgándole el carácter de cosa Juzgada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.713 y 1.718, del Código Civil y 255 del Código de Procedimiento Civil, que aplica este Despacho atendiendo a las facultades otorgadas al Juez Laboral en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia se da por concluido el proceso, contentivo de la Oferta Real de Pago realizada por la empresa CLIN, C.A. a favor del ciudadano JADINSON MEZA, titular de la cédula de identidad N° 29.644.423.

El JUEZ
ABG. JUAN CARLOS MEDINA CUBILLAN

EL SECRETARIO
ABG. MARIO COLOMBO