PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; doce (12) de junio de 2012
202° y 153°


PARTE ACTORA: LUIS DIAZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad N° 6.255.318.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MANUEL CISNEROS PACHENO Y ALEJANDRO RODRIGUEZ, abogados en ejercicio e inscritos en el IPSA bajo los N° 32.803 Y 53.386, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL PROCESADORA DE CARNES BURGUER HOUSE, C.A., inscrita por ante la oficina de Registro Mercantil I, de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (ahora Distrito Capital) y estado Miranda, en fecha 11 de mayo de 1984, anotada bajo el N° 80, Tomo 40-A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANGEL CENTENO Y GLORIA COLLAZO DE CENTENO, abogados en ejercicio e inscritos en el IPSA bajo los N° 32.803 y 53.386, respectivamente.

MOTIVO: INCIDENCIA
EXPEDIENTE N°: AP21-R-2012-000371

Han subido a esta Superioridad las actuaciones del presente expediente en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión de fecha 05 marzo de 2012, dictado por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano Luis Díaz contra la Sociedad Mercantil Procesadora de Carnes Burguer House, C.A.

Recibido como fue el presente expediente, se fijó para el día 11 de junio de 2012, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), la oportunidad para la celebración de la audiencia oral en el presente asunto, lo cual ocurrió.

Pues bien, siendo el día y la hora fijada por este despacho a los fines de celebrar la audiencia oral y pública, se dejó constancia de la falta de comparecencia de la parte demandada recurrente y de la parte actora no apelante, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, razón por la cual, este Juzgador, verificados como han sido los extremos de ley, en cuanto a la estadía a derecho de las partes, declara, tal como se hará en la parte dispositiva del presente fallo, el desistimiento de la presente apelación, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión de fecha 05 marzo de 2012, dictado por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano Luis Díaz contra la Sociedad Mercantil Procesadora de Carnes Burguer House, C.A., en consecuencia se confirma el auto recurrido.

Se condena en costas a la parte demandada recurrente en virtud de lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil doce (2012). Años: 202º y 153º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.

EL JUEZ
WILLIAM GIMÉNEZ






EL SECRETARIO
RONALD ARGUINZONES




NOTA: En esta misma fecha, previa las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior decisión.-


EL SECRETARIO


WG/RA/vm
Exp. N°: AP21-R-2012-000371