REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL
DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Caracas, veintiséis (26) de Junio del año dos mil doce (2012)
202° y 153°
ASUNTO: AP51-V-2011-015804
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO
PARTE ACTORA: DAIBETH YUDITH MUÑOZ PEREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nros.: V.- 14.453.565
ABOGADO ASISTENTE: Abg. FRANCISCO DE LEÓN, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 82.733
PARTE DEMANDADA: ROMMEL GABRIEL MEDINA, titular de la cédula de identidad Nro V-11.935.833
APODERADO JUDICIAL: Abogados CARLOS OSWALDO TOVAR y LIZ GLENDA MENDOZA, inscritos en el inpreabogado bajo el Nro. 127.936 y 138.241, respectivamente.
REPRESENTACIÓN FISCAL: Abg. YNES DÍAZ, en su carácter de Fiscal Centésima Quinta (105°) del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección
NIÑA: (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de dos (02) años de edad.
FECHA DE LA AUDIENCIA DE JUICIO
14 de Junio de 2012
FECHA DE LA LECTURA DEL DISPOSITIVO 14 de Junio de 2012
Visto que en fecha 14 de junio de 2012, siendo la oportunidad fijada por este Despacho para la celebración de la Audiencia de Juicio establecida en el artículo 483 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la parte actora, ciudadana DAIBETH YUDITH MUÑOZ PEREZ, manifestó su deseo de desistir del presente procedimiento y en virtud que la parte demandada, ciudadano ROMMEL GABRIEL MEDINA, estando presente en la referida audiencia, consintió en el desistimiento planteado, ésta Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, constatando la libre y espontánea manifestación de la voluntad de las partes, respecto al desistimiento planteado por la ciudadana YUDITH MUÑOZ PEREZ y al consentimiento de la otra parte, ciudadano ROMMEL GABRIEL MEDINA, en ese sentido, llenos como se encuentran los extremos previstos en la Ley y que no existe materia sobre la cual decidir, esta Juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO efectuado por la parte actora, le imparte su aprobación y lo da por consumado en los mismos términos, fines y condiciones que fue suscrito y le da carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Expídanse por secretaría copias certificadas y entréguense a las partes interesadas. Devuélvanse los documentos originales consignados una vez sean anexados los fotostatos correspondientes y archívese el presente expediente. Remítase mediante oficio la presente causa al Tribunal de origen una vez quede firme la presente decisión. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ,
Abg. MAIRIM RUIZ RAMOS
LA SECRETARIA,
Abg. KARLA SALAS HERMIDA
Expediente N° AP51-V-2011-015804
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