REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veintisiete de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : AP51-V-2012-007261
PARTE ACTORA: EDDA VANNESSA DURAN, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.331.788.
PARTE DEMANDADA: KELVIS SIMON ROMERO ACEVEDO, titular de la cédula de identidad Nro V- 15.948.434
MOTIVO: HOMOLOGACION DE DESISTIMIENTO.
Vista el acta levantada en fecha 25-06-12, mediante la cual el ciudadano KELVIS SIMON ROMERO ACEVEDO, titular de la cédula de identidad Nro V- 15.948.434, parte demandada en el presente procedimiento, manifestó: “…Manifiesto al Tribunal mi deseo de reconocer a mi hija ------, tal y como lo exprese en el escrito de contestación de la presente demanda”; y visto igualmente el desistimiento de la acción, efectuado por la parte actora ciudadana EDDA DURAN, en virtud de la exposición del demandado, esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento efectuado por la ciudadana EDDA VANNESSA DURAN, le imparte su aprobación, lo da por consumado en los mismos términos, fines y condiciones en el contenido. ASI SE DECLARA.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, Firmada y Sellada en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, a los veintisiete días del mes de junio de 2012. Años 202° y 153°.
LA JUEZA,
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA,
Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.
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