REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Seis de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-005621
Vista la diligencia presentada en fecha 30/05/2012, por la ciudadana YOLEIDA BADILLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.- 7.925.185, debidamente asistida por la Abg. JAIVIS TORRES, actuando en su carácter de Defensora Pública Décima (10°) en materia de Protección del Niño, Niña y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, en la cual manifiesta el desistimiento del presente proceso, por cuanto el padre de la niña, procedió de manera voluntaria a otorgar la autorización correspondiente para el viaje al exterior pautado, consignando documento presentado a efectum videndi de la autorización debidamente notariada ante la Oficina de registro Inmobiliario del Municipio Valdez del Estado Sucre (Con Funciones Notariales) de Guiria del Estado Sucre. En consecuencia, esta Jueza del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, procede a HOMOLOGAR DICHO DESISTIMIENTO en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; expídanse por secretaría las copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil, y los originales que cursan en el expediente, una vez que una de las partes consigne los fotostatos requeridos. Así mismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ,

DRA. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS
EL SECRETARIO,

ABG. IVAN CEDEÑO
DRC
Abg. Kristian Castellanos
AP51-J-2012-005621