REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal 15to
Caracas, 19 de junio de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-009708
SOLICITANTE: KAREN DAYANA TOLOZA AFANADOR, venezolana, menor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.876.334.
ADOLESCENTE: (SE OMITE SU IDENTIDAD), de trece (13) años de edad.-
ABOGADA: CARLOS MANRRIQUE, inscrito en el IPSA bajo el N° 138.101
MOTIVO: CARGA FAMILIAR.
Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana KAREN DAYANA TOLOZA AFANADOR, ut supra identificada, actuando en nombre y representación de la adolescente GENESIS ESPERANZA, de trece (13) años de edad, por la cual solicitó que el ciudadano (SE OMITE SU IDENTIDAD)sea declarado carga familiar de la adolescente ya mencionada. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cumplidas como fueron las formalidades de Ley, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la solicitud de CARGA FAMILIAR y en consecuencia se declara a la adolescente (SE OMITE SU IDENTIDAD), de trece (13) años de edad, carga familiar del ciudadano ALEXIS EDUARDO LOPEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.685.138. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena CIERRE Y ARCHIVO. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En Caracas, diecinueve (19) días del mes de junio del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ
DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA
ABG. LUISA OLIVEROS
AP51-J-2012-009708
Lcd/lo/marianna
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