REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal 15to
Caracas, 05 de junio de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-009213
SOLICITANTE: GLADIS YORLIANA VIVAS ROSAS, venezolana, menor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.843.163.
NIÑA: (SE OMITE SU IDENTIDAD), de siete (07) años de edad.-
ABOGADA: GERALDINE LOPEZ, en su carácter de Defensora Pública Vigésima (21°)
MOTIVO: CARGA FAMILIAR.
Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana GLADIS YORLIANA VIVAS ROSAS, ut supra identificada, actuando en nombre y representación de la niña (SE OMITE SU IDENTIDAD), de siete (07) años de edad, por la cual solicitó que el ciudadano VICTOR MANUEL VIVAS ROSAS, sea declarado carga familiar de la niña ya mencionada. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cumplidas como fueron las formalidades de Ley, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la solicitud de CARGA FAMILIAR y en consecuencia se declara a la niña (SE OMITE SU IDENTIDAD) de siete (07) años de edad, carga familiar del ciudadano VICTOR MANUEL VIVAS ROSAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.843.120. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena CIERRE Y ARCHIVO. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En Caracas, cinco (05) días del mes de junio del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ
DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA
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