REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE JUICIO Nº 03

Guanare, 12 de Marzo de 2012
Años 201° y 153°

CAUSA: 3U-585-11

AUTO MEDIANTE EL CUAL SE ORDENA LA CONSTITUCION DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL

Examinadas las actuaciones que obran en autos se observa en el presente proceso que en fecha 16 de Enero de 2012, se celebró sorteo ordinario para la constitución del Tribunal que ha de conocer en la presente causa seguida en contra del Acusado Pedro Antonio Linares, Venezolano, mayor de edad, de 29 años de edad, nacido en fecha 25/012/1981, natural de Guanare estado Portuguesa, obrero , titular de la cédula de identidad Nº V-22.094.088, residenciado en el Barrio Bello Monte, sector 4, calle 02. Guanare estado Portuguesa, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículos 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, siendo fijado dicho acto para el día 10 de Febrero de 2012, a las 9:00 de la mañana, por lo que en la sucesión de actos procesales se tiene que:
En fecha 10/02/2012, por cuanto no comparecieron los escabinos sorteados, se acordó realizar un Sorteo Extraordinario, fijando nueva oportunidad de Constitución el día 07 de Marzo de 2012, a las 2.00 de la tarde; fecha en la cual en vista de la inasistencia de los Escabinos sorteados, el Tribunal informa a las partes presentes que ya fue agotada las dos (02) convocatorias establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal. En el presente caso se aprecia que en efecto se convocó para el Juicio Oral y Público en las oportunidades relacionadas precedentemente sin que se hubiere logrado la comparecencia de los Escabinos sorteados, tanto en un primer sorteo ordinario como en el primer sorteo extraordinario, por lo que están dados los extremos establecidos en dicha norma para proceder a constituir el Tribunal en forma Unipersonal en consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve ordenar la celebración del Juicio Oral y Público de manera UNIPERSONAL en la presente causa fijando su celebración para el día 04 de Abril de 2012, a las 2:00 de la tarde. Quedan notificadas las partes presentes. Diarícese, Regístrese y certifíquese.-



LA JUEZA DE JUICIO Nº 03,

Abg. Carmen Zoraida Vargas López.



LA SECRETARIA

Abg. Deimar Márquez