REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 10

Caracas, 14 de Marzo de 2012.
201º y 153°

AUTO DE ADMISIÓN
CAUSA Nº 10Aa 3162-12
PONENTE: RUBÉN DARÍO GARCILAZO CABELLO


Corresponde a esta Sala N° 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, decidir sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano ENRIQUE ALBERTO ARRIETA PEREZ, Fiscal Décimo Tercero (13°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia en Materia de Ejecución de Sentencia, contra la decisión dictada en fecha 25 de Noviembre de 2011, por el Juzgado Tercero (03°) de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual otorgó la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena en modalidad de Destacamento de Trabajo al ciudadano CAMPANELA TEHERAN ARMANDO ENRIQUE de conformidad con lo establecido en el artículo 500 numerales 1, 2, 3 y 4 del Código orgánico Procesal Penal.

Ahora bien, para decidir esta Sala observa:


PRIMERO: Que el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, dispone lo siguiente:


“...CAUSALES DE INADMISIBILIDAD. La Corte de Apelaciones solo podrá declarar inadmisible el recurso por las siguientes causas:

a) Cuando la parte que lo interponga carezca de legitimación para hacerlo,
b) Cuando el recurso se interponga extemporáneamente.
c) Cuando la decisión que se recurre sea inimpugnable o irrecurrible por expresa disposición de este Código o de la Ley.

Fuera de las anteriores causas, la Corte de Apelaciones deberá entrar a conocer el fondo del recurso planteado y dictará la decisión que corresponda...”


SEGUNDO: Que el recurrente posee legitimidad para impugnar la decisión dictada por el Juzgado A-quo, por cuanto se desprende de las actuaciones que conforman la presente incidencia que el mismo actúa como Fiscal Décimo Tercero (13°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia en Materia de Ejecución de Sentencia. Asimismo, que el presente recurso de apelación fue interpuesto dentro del lapso legal correspondiente, tal y como se evidencia del cómputo que riela a los folios (42 y 43) de las presentes actuaciones y siendo que la misma no es de aquellas decisiones irrecurribles o inimpugnables por disposición expresa de la Ley.

TERCERO: De igual manera, de las actuaciones se evidencia que la Defensora Pública Octava (8º) Penal con Competencia en Fase de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, presentó el correspondiente escrito de contestación, y según se observa del cómputo cursante a los folios (42 y 43) del cuaderno de incidencias, el mismo fue presentado de manera temporánea.


Así las cosas, cumplidos como han sido los requisitos, resulta procedente y ajustado a derecho ADMITIR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano ENRIQUE ALBERTO ARRIETA PEREZ, Fiscal Décimo Tercero (13°) del Ministerio Público a nivel Nacional con Competencia en Materia de Ejecución de Sentencia, contra la decisión dictada en fecha 25 de Noviembre de 2011, por el Juzgado Tercero (03°) de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual otorgó la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena en modalidad de Destacamento de Trabajo al ciudadano CAMPANELA TEHERAN ARMANDO ENRIQUE de conformidad con lo establecido en el artículo 500 numerales 1, 2, 3 y 4 del Código orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala N° 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ÚNICO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano ENRIQUE ALBERTO ARRIETA PEREZ, Fiscal Décimo Tercero (13°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia en Materia de Ejecución de Sentencia, contra la decisión dictada en fecha 25 de Noviembre de 2011, por el Juzgado Tercero (03°) de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual otorgó la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena en modalidad de Destacamento de Trabajo al ciudadano CAMPANELA TEHERAN ARMANDO ENRIQUE de conformidad con lo establecido en el artículo 500 numerales 1, 2, 3 y 4 del Código orgánico Procesal Penal. Igualmente, es necesario acotar que esta Alzada tomará en consideración para la resolución del fondo del presente asunto, el escrito de contestación de fecha 14 de Febrero de 2012, el cual fue interpuesto de manera temporánea por la Defensora Pública Octava (8°) Penal con Competencia en Fase de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, a excepción del anexo “A” consignado por ser copia simple.


Regístrese, notifíquese y déjese copia autorizada en archivo de la presente admisión.
LA JUEZ PRESIDENTE



DRA. GLORIA PINHO


EL JUEZ INTEGRANTE LA JUEZ INTEGRANTE
(PONENTE)



DR. RUBÉN DARÍO GARCILAZO CABELLO. DRA. SONIA ANGARITA


LA SECRETARIA



CLAUDIA MADARIAGA SANZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.



LA SECRETARIA


CLAUDIA MADARIAGA SANZ


GP/RDGC/SA/CMS/leo.-
Causa N° 10Aa 3162-12