REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de marzo de dos mil doce (2012)
201° y 152°
ASUNTO No. : AP21-R-2012-000189
PARTE ACTORA: EDGAR FERNANDEZ SOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V.-13.176.929.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ANA DIAZ, MIRNA PRIETO, MARIA CORREA, XIOMARY CASTILLO, FABIOLA ALVAREZ SALAZAR, JUAN NETO, DANIEL GINOBLE, LUISSANDRA MARTINEZ, MAURI BECERRA, WILLIAM GONZALEZ, ALIRIO GOMEZ, JOSETTE GOMEZ, PATRICIA ZAMBRANO, RAYSABEL GUTIERREZ, SHIRLEY BETANCOURT, ADRIANA LINARES, NANCY GONZALEZ, RONALD AROCHA BOSCAN, THAHIDE PIÑANGO, MARIANA REVELES, MARYORY PARRA, MARLENE RODRIGUEZ, RAUL MEDINA, MARJORIE REYES, CARLOS CARABALLO-GAVIDIA, ADA BENITEZ y GLORIA PACHECO, abogados en ejercicios, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 76.626, 92.909, 89.525, 102.750, 49.596, 117.066, 97.075, 124.816, 83.940, 52.600, 57.907, 117.564, 51.384, 62.075, 118.076, 86.396, 104.915, 100.715, 83.560, 110.371, 129.966, 105.341, 112.335, 118.267, 129.998, 92.732 y 45.723.
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA LOSMICAR, C.A., sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22 de febrero de 2005, bajo el No. 39, Tomo 12-A-Cto.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS ANGEL NUÑEZ URDANETA, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 100.611.
MOTIVO: Recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 30/01/2012, dictada por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que declaro con lugar la demanda incoada por el ciudadano Edgar Fernández Sola, contra la empresa Distribuidora Losmicar, C.A.
Celebrada como ha sido la audiencia oral en fecha catorce (14) de marzo de 2012, este Tribunal pasa a reproducir el fallo dictado en esa misma fecha en los términos siguientes:
Como quiera que en fecha 14 de marzo de 2012, tuvo lugar la audiencia oral en el presente juicio, se evidencia la comparecencia de la parte actora no apelante ciudadano Edgar Fernández Sola, así como la incomparecencia de la parte demandada apelante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece lo siguiente: “En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarara desistida la apelación y el expediente será remitido a tribunal de sustanciación. Mediación y Ejecución correspondiente…” (Negritas del Tribunal). Por lo que verificados como han sido los extremos de ley en cuanto a la estadía a derecho de las partes, conlleva a éste Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarar: el desistimiento del recurso de apelación interpuesto en fecha 06 de febrero de 2012, por la parte demandada en contra de la Sentencia de fecha 30 de enero de 2012, dictada por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 30 de enero de 2012, dictada por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia queda firme la decisión recurrida.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil doce (2012). Años: 200º y 152º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
MERCEDES E. GOMEZ CASTRO
LA JUEZA
ISRAEL ORTIZ
EL SECRETARIO
NOTA: En esta misma fecha previa las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior decisión.
ISRAEL ORTIZ
EL SECRETARIO
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