REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

ASUNTO: AP21-L-2011-003438

En el juicio que por reclamo de prestaciones sigue el ciudadano PIERO Á. MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad núm. 13.137.835 cuyos apoderados judiciales son los abogados: Henry Larez Rivas, Lenor Rivas de Larez, Mario Larez Díaz y Nathalie Rivas Ortega, contra las sociedades mercantiles denominadas: “ADMINISTRADORA YAMÍN GOURMET, C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 16 de octubre de 2009, bajo el nº 76, tomo 152-A-Cuarto, “INVERSIONES IL FORNO TRATTORIA 57, C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 7 de julio de 2009, bajo el nº 3, tomo 102-A-Cuarto, “INVERSIONES STRIP STEAKS CARACAS, C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 7 de julio de 2009, bajo el nº 4, tomo 102-A-Cuarto, “INVERSIONES IL MULINAZZO 59, C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 10 de julio de 2009, bajo el nº 46, tomo 102-A-Cuarto, “INVERSIONES ARTE MSR, C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 7 de julio de 2009, bajo el nº 76, tomo 101-A-Cuarto, “INVERSIONES 57 LOUNGE, C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 10 de julio de 2009, bajo el nº 45, tomo 102-A-Cuarto, “REPRESENTACIONES ICHI 2009, C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 8 de julio de 2009, bajo el nº 44, tomo 102-A-Cuarto e “INVERSIONES HASNA, C.A.”, de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 7 de julio de 2009, bajo el nº 2, tomo 102-A-Cuarto; representadas por el abogado: Renato C. Valente V., este Juzgado observa lo siguiente:

Los apoderados judiciales de las partes presentaron escrito transaccional por la cantidad de cuarenta y cinco mil bolívares (Bs. 45.000,00) y en razón que actuaron conforme a las facultades que les fueron conferidas por sus mandantes (fols. 56, 57, 59-83 inclusive), el Tribunal imparte su aprobación homologando este medio de autocomposición procesal en los términos expuestos, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 3° de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y 1.713 del Código Civil. Así se resuelve.-

DECISIÓN

Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

1°) HOMOLOGADA la transacción celebrada en el juicio interpuesto por el ciudadano Pedro A. Martínez contra las sociedades mercantiles denominadas: “Administradora Yamín Gourmet, c.a.”, “Inversiones Il Forno Trattoria 57, c.a.”, “Inversiones Strip Steaks, c.a.”, “Inversiones Il Mulinazzo 59, c.a.”, “Inversiones Arte MSR, c.a.”, “Inversiones 57 Lounge, c.a.”, “Representaciones Ichi 2009, c.a.” e “Inversiones Hasna, c.a.”, ambas partes debidamente identificadas en los autos.

2°) No hay condenatoria en costas en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive.

Publíquese y regístrese.

Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el ocho (8) de marzo de dos mil doce (2012). Año 201º de la Independencia y 153º de la Federación.

El Juez,
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CARLOS J. PINO ÁVILA.
La Secretaria,
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CARMEN L. ROMERO R.

En la misma fecha, siendo las dos horas y treinta y ocho minutos de la tarde (2:38 pm.), se consignó y publicó la anterior decisión.

La Secretaria,
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CARMEN L. ROMERO R.
Asunto AP21.L-2011-003438
1 pieza.
CJPA/Ifill.-