ACTA



N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005095
PARTE ACTORA: HEIDI MORENO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUIS LACRUZ Y PEDRO ARAY
PARTE DEMANDADA: RICARDO BETANCOURT
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BIBA ARCINIEGAS MATA MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


Hoy, 15 de marzo del año 2012, siendo las 10:00 am., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los abogados LUIS LACRUZ Y PEDRO ARAY inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los nros.-99.964 y 5.028 , en sus caracteres de apoderado judiciales de la parte actora ciudadana HEIDI MORENO; y la abogada BIBA ARCINIEGAS MATA, quien presenta a efecto videndi original y copia del poder que acredita su representación inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 146.301 en su carácter de apoderada judicial del ciudadano RICARDO BETANCOURT, parte demandada en el presente procedimiento, dándose inicio a la Audiencia. En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte demandada y expone: a ser cancelados en dos partes, el primer pago será cancelado en fecha 30 de marzo del año en curso, por la cantidad Bs.60.819,42, y el segundo por la misma cantidad para el día 16 de abril del año en curso. Dicha suma incluye todos los conceptos demandados en el presente juicio. En este estado, el apoderado judicial de la parte actora declara: acepto el pago que me hace la demandada en nombre de mi representado y en consecuencia declara que nada más tiene que reclamar a la demandada, por los conceptos demandados. En consecuencia, este Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, vista que la mediación ha sido positiva, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS, dándole efectos de cosa Juzgada. Asimismo, se dará por terminado el presente asunto una vez conste en autos el último pago acordado, así como la devolución de las pruebas a las partes. Es todo, se leyó, termino y conformes firman.
LA JUEZ

OMAIRA ALEJANDRA URANGA
EL SECRETARIO

ANTONIO BOCCIA



PARTE ACTORA


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA



APODERADO JU