En el día de hoy Trece (13) de Marzo del año Dos Mil Doce (2.012) siendo las nueve y veinte minutos de la mañana, se traslado y se constituyo el Abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto Ejecutor de Medidas y su Secretaria, abogado Josefa Mantilla, en compañía de la apoderada judicial de la parte actora, abogada Gellet Silva, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 60.303, el perito avaluador, Rubén Rondon, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V.-11.294.979, quien fuera debidamente designado y juramentado por el Juez de este Tribunal, constando en el libro respectivo, en la siguiente dirección: Lote de terreno y bienhechurias, ubicado en el Sector Agua Salud, con frente a la Calle que conduce al Manicomio, distinguido con el Nro. 79, Parroquia La Pastora, Municipio Libertador, Distrito Capital a fin de practicar las medidas de ENTREGA MATERIAL Y EMBARGO EJECUTIVO decretadas por el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS con motivo del Juicio que por DESALOJO (ESTACIONAMIENTO) siguen los ciudadanos ANDRELCY Y JOENRRY DORTA GRILLO contra el ciudadano ROGER LUCIANO HERNANDEZ SIERRA.-Una vez en el lugar señalado por la representación de la parte actora e identificado en el mandamiento de ejecución, el Tribunal encontrándose las puertas abiertas en las cuales existe un aviso publicitario que se lee no pare, puertas de estacionamiento, las que se encuentran abiertas por cuanto se evidencia que presta sus servicios de estacionamiento publico, encontrándose igualmente un aviso que se lee textualmente: “…ATENCION SI NO TIENES NADA QUE HACER POR FAVOR HAGALO FUERA DE ESTE LUGAR AQUÍ VENIMOS A TRABAJAR. GRACIAS LA EMPRESA…”, una pizarra donde se lee horario de trabajo y tarifas por estacionamiento, el Tribunal procede a dar los toques de Ley, siendo atendido por una ciudadana quien manifiesta ser y llamarse Betty Aurora Rodríguez Miraval, quien es mayor de edad, venezolana, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V.-5.219.857, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando la notificada ser encargada del inmueble, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando la notificada ser tía del demandado en este proceso, y solicita un tiempo prudencial a fin de comunicarse vía telefónica con los propietarios de los vehículos que se encuentran estacionados en el lote de terreno a fin que se apersonen y los retiren.-Es todo.-Seguidamente el Tribunal, vista y oída la exposición realizada por la notificada, ciudadana Betty Aurora Rodríguez Miraval, antes identificada, encargada el lote de terreno, con la anuencia de la apoderada judicial de la parte actora, acuerda de conformidad en consecuencia un tiempo prudencial de espera, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana.-Siendo las diez y diez minutos de la mañana, transcurrido el tiempo prudencial solicitado por la notificada, la apoderada judicial de la parte actora, solicita al Tribunal se sirva continuar con la ejecución de la medida decretada hasta su culminación.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por la apoderada judicial de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, dando cumplimiento a la misión encomendada practica la ENTREGA MATERIAL REAL Y EFECTIVA del inmueble constituido por un Lote de Terreno y las bienhechurias sobre el construidas, ubicado en el Sector Agua Salud, con frente a la Calle que conduce al Manicomio, distinguido con el numero 79, Parroquia La Pastora, Municipio Libertador, Distrito Capital, y lo pone en la posesión real y física de la parte actora, ciudadanos Andrelcy Dorta Grillo y Joenrry Dorta Grillo, representados en este acto por su apoderada judicial, abogada Gellet Silva, antes identificada, quien en nombre de sus mandantes lo recibe conforme.-En este estado la apoderada judicial de la parte actora, expone: En virtud que dentro del inmueble objeto de la presente medida existen bienes, solicito en nombre de mis representados se sirva acordar el deposito necesario de los mismos, previo inventario y avalúo realizado por el perito designado al efecto.-Es todo.-Seguidamente la notificada, ciudadana Betty Aurora Rodríguez Miraval, antes identificada, encargada del lote de terreno, expone: Solicito al Tribunal se sirva autorizar el traslado de todos los bienes encontrados dentro del inmueble objeto de la presente medida bajo mi responsabilidad y riesgo a la Casa Nro. 12, Callejón pachiche con Calle Bolívar, Sector Agua Salud, Manicomio, Municipio Libertador, Distrito Capital, relevando al Tribunal de cualquier reclamo a que hubiere lugar.-Es todo.-El Tribunal, vista y oida la exposición realizada por la notificada, antes identificada, la solicitud contenida en la misma, con la anuencia de la apoderada judicial de la parte actora, acuerda de conformidad el traslado de todos los bienes encontrados dentro del inmueble objeto de la presente medida a la dirección por ella aportada, bajo su responsabilidad y riesgo, relevando al Tribunal de cualquier reclamo a que hubiere lugar, ordenándose al perito suspenda la elaboración del inventario de los mismos en virtud del retiro voluntario de los bienes por parte de la notificada.-En este estado la apoderada judicial de la parte actora, expone: En virtud que el presente mandamiento de ejecución contiene medida de Embargo Ejecutivo, por lo que solicito a este comisionado se sirva abstenerse de practicarla reservándome el derecho de solicitar su ejecución por separado, por lo que pido a este comisionado se sirva remitir las presentes actuaciones al comitente a los fines de su conocimiento.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por la apoderada judicial de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, acuerda de conformidad ABSTENERSE de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el comitente y ordena la remisión de la presente comisión con sus resultas al aquo a los fines de su conocimiento, y cumplida como ha sido su misión, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo la una de la tarde.-Es todo, termino, se leyo y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR



ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA LA APODERADA ACTORA



EL PERITO AVALUADOR LA NOTIFICADA


LA SECRETARIA
Abg. Josefa Mantilla
Exp: 12-2932