REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintiséis (26) marzo de dos mil doce (2012)
Años 201° y 153°

Vista la diligencia suscrita en fecha 21 de marzo del presente año, por la abogada Blanca Prince, e inscrita en el Inpreabogado bajo el No 5.071, mediante la cual desiste del represente recurso de hecho.
Este Tribunal observa: que de la revisión realizada a las actas que conforman el presente expediente se puede apreciar la falta del poder otorgado a la abogada Blanca Prince. A las fines de solicitar el desistimiento en el recurso de hecho incoado. Es por lo que este Juzgado se abstiene de homologar el referido desistimiento hasta tanto la parte no consigne el poder que acredita su representación y la facultad expresa de desistir.
El Juez,

Dr. Victor González Jaimes

El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata.

VGJ/RM/KL. Exp. 10300