REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 26 DE MARZO DE 2012.-
Años 201° Y 153°

Vista la diligencia suscrita en fecha 21 de marzo del presente año, el abogado Andrea Domínguez Muras, inscrito en el Inprebogado bajo el Nº 179.455, apoderado Judicial de la parte Co demandada, mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 07 de febrero de 2011 asimismo solicitó la notificación de la referida sentencia a la parte actora. En consecuencia, se ordena la notificación de las sociedades mercantiles Valores 9200, C.A, y Desarrollos M.B.K, II, C.A, o en la persona de su apoderado judicial de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,

Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO


RICHARS MATA




VGJ/RM/kl.
Exp. 9976


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 26 DE MARZO DE 2012.-
Años 201° Y 153°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la sociedad mercantil VALORES 9200, C.A, o a sus apoderados judiciales abogados Luís Andrés Guerrero Rosales, Eduardo Rodríguez, Jorge Gallegos, Dacal y Mary Carmen Russo Savasta, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 28.521, 73.558, 98.527 y 108.179, respectivamente, parte actora, en el juicio que por Nulidad de Contrato, sigue en contra de Desarrollos MBK II, C.A e Invesiones Turisticas Venezolanas, C.A, (INTURVEN) sustanciado en el expediente signado con el número 9976, nomenclatura llevada por este Tribunal; Este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, en virtud de la sentencia proferida en fecha 07 de Febrero de 2011.
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ

Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/kl.
Exp. 9976



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 26 DE MARZO DE 2012.-
Años 201° Y 152°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la sociedad mercantil DESAROLLOS M.B.K, II ,C.A o a sus apoderados judiciales abogados Raúl Ramírez Senia y Teodoro Itriago Jiménez, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 67.032 y 74.647, respectivamente, parte demandada, en el juicio que por Nulidad de Contrato, sigue en su contra la sociedad mercantil Valores 9200, C.A, sustanciado en el expediente signado con el número 9976, nomenclatura llevada por este Tribunal; Este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, en virtud de la sentencia proferida en fecha 07 de Febrero de 2011.
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ

Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/kl.
Exp. 9976