N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-000519
PARTE ACTORA: YITZI MARIANA CORREA MALDONADO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: EDUARDO MALDONADO
PARTE DEMANDADA: GRUPO MEDICO VARGAS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DIEGO BUSTILLOS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veinte (20) de marzo de dos mil doce (2012), siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece el abogado DIEGO BUSTILLOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 164.805, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada GRUPO MEDICO VARGAS, C.A., según se evidencia de instrumento poder que consigna en copia simple en cinco (05) folios útiles y original a efectos de vista; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadana YITZI MARIANA CORREA MALDONADO, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 201°.

La Jueza,

Abg. Karla González Mundaraín

Apoderado judicial de la parte demandada


La Secretaria,

Abg. Luisana Cote