N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004115
PARTE ACTORA: MIRELLA MARGARITA PEROZO DE CAMPOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ISABEL RICO DE OLIVEROS, MIRNA PRIETO, ANASTACIA RODRIGUEZ, ANA MARINA DIAZ, CLAUDIA CASTRO, GREYSI MARIA CORONIL ARANGO, MARJORIE REYES, ADJANY PALACIOS, ANTONIO MEDINA, LUISSANDRA MARTINEZ, ZULAY PIÑANGO, MARIA CARZOLA
PARTE DEMANDADA: CORPORACION MACLLIN, C.A.,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JULLIS MANCERA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 30 de marzo de 2012, a las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana MIRELLA PEROZO, titular de la cédula de identidad Nº 6.033.700, en su carácter de parte actora, representada por la abogada ANASTACIA RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 88.222, y HECTOR GUILARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 142.510, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece pagar a la parte actora, por todos y cada uno de los conceptos demandados, la cantidad de MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 1.000,00), a través de cheque a nombre de la trabajadora, en fecha lunes 09 de marzo de 2012, ante la Unidad de recepción y Distribución de Documentos; la parte actora, visto el ofrecimiento realizado por la demandada, lo acepta en los términos expuestos y señala que nada tiene que reclamar ni por los concepto aquí demandados ni por ningún otro concepto que se derive o pueda derivarse de la relación de trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, se deja constancia que se devolvieron las pruebas promovidas por las partes. Finalmente, se establece que una vez conste en autos el cumplimiento del presente acuerdo, se ordenará el cierre y archivo del expediente.

La Jueza,

Abg. Karla González Mundaraín


Parte actora y su apoderada judicial


Apoderado judicial de la parte demandada



La Secretaria,

Abg. Luisana Cote