REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Cuadragésimo Quinto De Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos (02) de marzo de dos mil doce (2012)
201º y 153º

ASUNTO : AP21-S-2012-000264

PARTE OFERENTE: ESTACIONAMIENTOS CEEMSABA C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: CARMEN GRACIELA FRANCISCO MATERAN , inscrita en el inpreabagado bajo el numero 64.263
PARTE OFERIDA: LUIS AFREDO ESCALONA, titular de la cedula de identidad numero 9.639.987
ABOGADA QUE ASISTE A LA PARTE OFERIDA: JULIO MANCHEGO , inscrito en el inpreabagado bajo el numero 64.263
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto escrito de Transacción presentado por los ciudadanos LUIS AFREDO ESCALONA, titular de la cedula de identidad numero 9.639.987, en su condición de parte oferida, asistido por la ciudadana: JULIO MANCHEGO , inscrito en el inpreabagado bajo el numero 64.263 y la ciudadana CARMEN GRACIELA FRANCISCO MATERAN , inscrita en el inpreabagado bajo el numero 64.263, en su condición de apoderado judicial de la parte Oferente ESTACIONAMIENTOS CEEMSABA C.A; este Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue de Bs. F. 15.500,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo, se acuerda expedir copia certificada solicitada por las partes, de conformidad con el numeral 3º del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su remisión al archivo judicial. Así se establece.-

La Juez
Luisa Avila
El Secretario
José Antonio Moreno