PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 13 de marzo de 2012
201º y 153º

PARTE ACTORA: ANALIS ORIANA SALAYA BRITO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 17.718.825.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: PEDRO FRANCISCO LAPREA VENTURA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.264.

PARTES CO-DEMANDADAS: INVERSIONES JOMAN MR, C.A. sociedad mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el No. 56, Tomo 16-A- Pro, en fecha 26 de febrero de 2003; RESTAURANT EL CORRAL DEL POLLO, C.A. sociedad mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el No. 42, Tomo 22-A Cto, en fecha 12 de abril de 2000 y PAPAY CAFEE SRL, sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el No. 13, Tomo 153-A Pro.

APODERADOS JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NERGAN ANTONIO BORJAS, ROSA YSELA GONZALEZ EVOCA Y LUIS SEGUNDO MAITA, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 58.697, 55.912 y 77.463, respectivamente.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
EXPEDIENTE Nº: AP21-R-2011-001986


Han subido a esta Superioridad las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por el abogado Luis Maita, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 77.463, en su condición de apoderado judicial de las empresas co-demandadas, contra la decisión dictada en fecha 29 de noviembre de 2011, por el Juzgado Trigésimo Séptimo (37º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo, todo con motivo del juicio seguido por la ciudadana Analis Oriana Salaya Brito contra las empresas Restaurant El Corral del Pollo C.A., Inversiones Joman Mr C.A.; y Papay Cafee Srl.

Recibido el expediente, por auto separado de fecha 23 de enero de 2012, se fijó para el día veintiuno (21) de marzo de dos mil doce (2012), a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), la oportunidad para que tenga lugar la celebración de la audiencia oral y publica en el presente asunto.

Ahora bien, vistas las actas procesales este Tribunal observa que el abogado Luis Maita, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 77.463, en su carácter de apoderado judicial de las empresas co-demandadas (apelantes) manifestó por diligencia de fecha 08 de marzo de 2012, siendo las tres y catorce minutos de la tarde de la tarde (03:14 p.m.) que: “… “desisto” del recurso de apelación anunciado por mi persona contra la sentencia dictada por el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, toda vez que en fecha 06 de marzo de 2012, se materializó acuerdo transaccional que puso fin a la presente controversia…”.

Pues bien, revisadas las presentes actuaciones se puede constatar que el presente recurso de apelación fue ejercido por la parte demandada (ver folios 132 y 133 del presente asunto), por lo que vista la manifestación realizada por el apoderado judicial de las empresas co-demandadas recurrentes, y revisados como han sido los extremos legales, a saber, la facultad para desistir de la apelación por parte del abogado Luís Segundo Maita, el cual de forma expresa cursa a los autos (ver folios 105 al 116); es por lo que, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándose por terminando el presente procedimiento (la apelación ejercida); en consecuencia, se deja sin efecto el auto de fecha 23 de enero de 2012, que fijó la oportunidad para la celebración de la audiencia oral en el presente juicio para el 23 de marzo de 2012, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.). Finalmente se indica que, vencidos como se encuentren el lapso para el ejercicio de los recursos de ley, se ordenará el envió del presente expediente al Juzgado Trigésimo Séptimo (37º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los trece (13) días del mes de marzo del año dos mil doce (2012). Años: 201º y 153º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-

EL JUEZ
WILLIAM GIMÉNEZ


LA SECRETARIA;
EVA COTES MERCADO

NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.-

LA SECRETARIA,
WG/ECM/vm
Exp. N°: AP21-R-2011-001986