REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
201 y 153
Asunto: AP51-V-2011-013980
Por tratarse de procedimientos de orden público, se decide sin audiencia de juicio por no haber lugar a ello.
Motivo: Colocación Familiar.
Parte Demandante: Herma Maribel Granados Arcia, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-12.983.808.
Abogados Asistentes: Carmen Alexandra Macías Hernández, Defensora Pública Décima Quinta (15°).
Parte Demandada: Rosana Evangelista Torres Tonssaitt, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y quien en vida era titular de la cédula de identidad N° V-15.332.383.
Abogado Asistente: No constituyo.
Adolescente: (Se omiten datos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ).
Por recibido el presente expediente conforme a la distribución realizada proveniente del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Se inicia el presente juicio mediante demanda presentada en fecha 26/07/2011, por la ciudadana Herma Maribel Granados Arcia, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-12.983.808, debidamente asistida por Carmen Alexandra Macías Hernández, Defensora Pública Décima Quinta (15°) del Área Metropolitana de Caracas, en beneficio del adolescente (Se omiten datos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) donde se evidencia que la ciudadana Herma Maribel Granados Arcia, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-12.983.808, solicitó la Colocación Familiar del precitado adolescente por cuanto su progenitora Rosana Evangelista Torres Tonssaitt, titular de la cédula de identidad N° V-15.332.383, había fallecido en fecha 08 de noviembre de 2010, quedando el mismo sin representación legal. Ahora bien, por tratarse de una situación de eminente orden publico, el artículo 301 del Código Civil establece que “Todo menor de edad que no tenga representante legal será provisto de tutor y protutor y suplente de éste. …” En concordancia con el artículo 397 de la Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, literal B. En consecuencia vista la disposición anterior, se hace indispensable declarar que la solicitud de colocación no puede ser procedente, sino la de la apertura de la tutela para la cual, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Area Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia, en nombre de la republica y por autoridad de la ley, ordena la apertura de la Tutela ordinaria, a favor del adolescente (Se omiten datos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ). Remítase el asunto AP51-V-2011-013980, al Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de este Circuito, a los fines de que sea tramitada la tutela; y así se decide.
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado, en la Sala de Audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los nueve días del mes de marzo de dos mil doce. Año 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez,
Emilio Ruiz Guía.
La Secretaria,
Luisa Oliveros.

En el mismo día siendo las horas 12:20 p.m., se publico la anterior sentencia.

La Secretaria
Luisa Oliveros.

ERG/LO/yc
AP51-V-2011-013980.