REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veintiséis de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO : AP51-J-2011-00283
Vista la diligencia de fecha 22-03-12, presentada por la Fiscal Centésima Quinta del Ministerio Público, mediante la cual solicita se acuerde autorizar a la madre del niño de autos, al cobro mensual de la pensión de sobreviviente, esta Jueza Quinta de Mediación y Sustanciación, expresamente hace del conocimiento a la Vindicta Pública, que si bien es cierto la progenitora, de conformidad con las normas señaladas en la diligencia, ejerce la patria potestad del niño ---------, no es por menos cierto que, la Representación Fiscal, solicitó se autorizara a la abuela materna en su solicitud como mandataria especial, y es por lo que quién suscribe, requiere para la respectiva autorización solicitada; se le aclare quién ejerce la CUSTODIA del niño y con quién reside el mismo, tal como se expresó en el auto de fecha 13-02-12, por lo cual se ratifica el contenido de dicho auto. Ahora bien, este Tribunal AUTORIZA a la ciudadana ANA LISBETH AGUILERA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro V- 12.402.408, a fin de que retire de manera mensual y permanente la pensión de sobreviviente, dejada por el de cujus MAIKOL ALI, tal como se aprecia en la partida de Nacimiento Nro. 957 del año 2009, emanada del Registro Civil de la Parroquia Petare del Municipio Sucre del Estado Miranda.
LA JUEZA,

Abg. AIMAR VALENCIA RIZO LA SECRETARIA,
Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.