REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 19 de Marzo de 2012
ASUNTO: AP51-J-2012-002223
SOLICITANTE: ANA MARIA AVILA OSUNA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°. V- 13.284.657.
ABOGADO ASISTENTE: JUAN JOSE NIÑO SILVERIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.995
MOTIVO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vistas las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanas ELEANI ISABEL VASQUEZ CABRERA y RAIZA ELENA CABRERA FLORES, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédula de identidad N° V-14.351.866 y N° V-4.556.418, respectivamente, en fecha 01/03/2012 (f. 11 y 12) y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor del niño SE OMITEN DATOS, y de la ciudadanas ANA MARIA AVILA OSUNA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°. V- 13.284.657, (hijo y cónyuge) beneficiarios del de cujus LEONARDO HERNANDEZ MENESES quién en vida fuere titular de la cédula de identidad Nro. V-12.164.783. Se insta a la parte solicitante del presente asunto, para que consigne fotostatos de las actuaciones, una vez cumplido, se procederá a devolver los originales con sus resultas. ASI SE DECIDE. CUMPLASE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada firmada y sellada en el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Caracas, 19 de marzo de 2012. Años: 201º de la Independencia y 153º de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. LISBETH KARINA MARTIN SOMOZA.
EL SECRETARIO,
ABG. LUIS MORALES
En esta misma fecha y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal, dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
EL SECRETARIO,
Abg. LUIS MORALES
JOC/SF/HERIBERTO MEDINA
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