REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Noveno (09) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veintiocho (28) de marzo de dos mil doce (2012)
201º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-004549
Vista la Solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana ISBETH KARINA VARGAS GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-13.284.515, quien actúa en su propio en nombre y en representación de sus hijos: SE OMITE LA IDENTIFICACION, de trece (13), dos (02) y un (01) años de edad, respectivamente, debidamente asistida por el abogado ROYMA FLORES PADRON, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 137.210, y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos: JOHANNA ROSALÍ BAMONDE TERÁN y RUDIS ANTONIO ESPOSITO MEDINA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.363.961 y V- 3.626.781, respectivamente; y cumplidas como fueron las formalidades de Ley; este Despacho Judicial a cargo de la Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declara las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos del De Cujus JAVIER JOSE MARTINEZ BARCO, quién fuera titular de la cédula de identidad número V-11.157.963, a su esposa la ciudadana: ISBETH KARINA VARGAS GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-13.284.515, a sus menores hijos: SE OMITE LA IDENTIFICACION, de trece (13), dos (02), uno (01) y dieciséis (16) años de edad, respectivamente, y al ciudadano: MICHAEL JAVIER MARTINEZ HERNANDEZ, de diecinueve (19) años de edad y titular de la cédula de Identidad No. 21.344.170. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren necesarias, una vez la parte solicitante consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
La Juez, El Secretario,
Abg. Dania Ramírez Contreras. Abg. Iván Cedeño
AP51-J-2012-003391DRC/KS/ms.
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