REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Caracas, dos (02) de Marzo de dos mil doce (2012)
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: AP51-V-2011-018488
CUADERNO DE MEDIDAS: AH52-X-2011-000523
DEMANDANTE: MARIA VIOLETA MEJIAS PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.137.762.
DEMANDADO: RODOLFO CASTRO LEÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.105.700.
ABOGADO: ALEXANDRA YVANOVA JORGE, inscrita e el Inpreabogado bajo el N° 89.070.
NIÑOS: (SE OMITEN SUS IDENTIDADES) de 09 y 07 años de edad
MOTIVO: MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO SOBRE PRESTACIONES SOCIALES

Revisadas las actas que conforman la presente demanda de Cumplimiento de Cumplimiento de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana MARIA VIOLETA MEJIAS PÉREZ en contra del ciudadano RODOLFO CASTRO LEÓN, ut supra identificadas, y vista especialmente el acta de fecha 01 de marzo de 2012, mediante la cual las partes suscribieron acuerdo del pago de los canon de obligación de manutención demandada, cursante al folio doce y trece del asunto principal signada con la numeración AP51-V-2011-018488, en consecuencia este Despacho Judicial por cuanto las partes de mutuo acuerdo manifestaron su intención del levantamiento de la medida de embrago antes mencionada, ordena el levantamiento de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES del obligado, ciudadano RODOLFO CASTRO LEÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.105.700., decretada por este tribunal en fecha 26/10/2011.
DECISIÓN
En mérito de lo antes expuestos, es por lo que esta Juez Décimo Quinta (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo previsto en los artículos 381 y 466B, literal a, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente: Ordena el LEVANTAMIENTO MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES del obligado, ciudadano RODOLFO CASTRO LEÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.105.700, por lo que se ordena oficiar al CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (C.N.E.) participándole lo conducente. Cúmplase. ASÍ SE DECIDE.-
Dado, Firmado y Sellado en la sala de despacho del tribunal Décimo Quinta (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del área Metropolitana de caracas y Nacional de Adopción Internacional en fecha dos (02) de Marzo de dos mil once (2012). Años: 201° y 152°.
LA JUEZ,

Dra. LENNI CARRASCO DORANTE LA SECRETARIA,

Abg. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/ Brey*