REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, 02 de Marzo de 2012
201º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2011-022904
PARTE DEMANDANTE: MIGUEL ANGEL NADAL RIVAS, venezolano mayor de edad y titular de la cedula de identidad N ° V- 9.964.080.
PARTE DEMANDADA: MARIA DANIELLA CACCATO SIMOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N ° V- 11.226.029.
NIÑO: (SE OMITEN SUS IDENTIDADES), de nueve (09) y siete (07) años de edad, respectivamente
MOTIVO: REVISON DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, en especial el acta convenio de esta misma fecha suscrita por los ciudadanos MIGUEL ANGEL NADAL RIVAS y MARIA DANIELLA CACCATO SIMOZA, a favor de sus hijos (SE OMITEN SUS IDENTIDADES), de nueve (09) y tres (03) años de edad, respectivamente; este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo en los mismos términos, fines y condiciones expuestos por las partes; Ambas partes establecen el siguiente acuerdo: fines de semanas alternos, es decir un fin de semana con el padre y un fin de semana con el madre, el padre buscara a los niños en la casa de la madre a las 6:30 de la tarde del día viernes y lo reintregará a su casa el día domingo a las 6:00 de la tarde, (Asimismo se deja constancia que el ciudadano llegará puntualmente a retirar a sus hijos el día viernes, a menos que por algún inconveniente no pueda llegar a la hora establecida se comunicará con la madre de sus hijos para manifestarle tal situación). Así como también comprometiéndose cada padre a suministrarle a los niños los recursos y apoyo necesarios a fin de que cumplan con sus requerimientos académicos, dicho régimen comenzará a regir a partir del día viernes 09 de marzo del presente año, fin de semana este que le corresponde al padre disfrutar con sus hijos; Igualmente en cuanto a las festividades de carnavales y semana santa serán compartidas de forma alterna, comenzando este año los niños a disfrutar con su padre esta semana santa y el año próximo serán carnavales con el padre y semana santa con la madre, y así sucesivamente. En cuanto a vacaciones escolares será un mes con la madre y un mes con el padre, es decir, serán compartidas en partes iguales, comenzando el padre a disfrutar con sus hijos el primer mes de vacaciones escolares, luego el siguiente mes le corresponderá a la madre. En cuanto a la vacaciones decembrinas comenzando el padre este año 2012, a disfrutara con sus hijos la semana del 23 al 28, luego le corresponderá a la madre la semana del 30 al 04 de enero 2013, alternándose al siguiente año. En cuanto a los cumpleaños de los niños serán de forma alterna es decir un año con el padre y un año con la madre, comenzando este año la madre del disfrute de los cumpleaños de los niños. En cuanto a los días feriados no laborables serán compartidos de forma alterna, y cuando corresponda a un fin de semana o puente con fin de semana iniciaran o terminaran el día feriado correspondiente o se extenderán para garantizar el disfrute del progenitor con sus hijos, comenzando el padre el día jueves 19 de abril del presente año a partir de las 10:00am regresándolo a las 06:30 p.m de ese mismo día. En cuanto a los viajes dentro y fuera del territorio nacional ambos padre dicen estar de acuerdo en autorizar los mismo, con la única condición que ambos padres deben ser notificado con anterioridad de una semana o tres días mediante mensaje de texto a sus teléfonos celulares y a sus correos electrónicos los cuales son: miguelnadal@cantv.net y tomamicorreo24@gmail.com, los números telefónicos del padre es: 0416-606-8666 y el número de la madre es: 0412-244-1406. Cuando le corresponda al padre disfrutar del Régimen de Convivencia Familiar, él mismo podrá compartirla con los familiares paternos cercanos al mismo, pudiendo pernoctar y/o compartir con ellos los fines de semana o días feriados, así como también vacaciones escolares o navidades. Queda entendido que si uno de los niños se encuentra indispuesto de salud, podrá disfrutar del Régimen con el otro niño. ”. En consecuencia, se le imparte su aprobación en los mismos términos en ella expuestos, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la entrega de copias certificadas a las partes, para lo cual se queda a la espera de los fotostatos requeridos. Cúmplase.-
LA JUEZ
Dra. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA
Abg. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/Brey*
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