REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Caracas, 20 de marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO: AP51-J-2012-003893
Motivo: CARGA FAMILIAR
Solicitante: FRANCIS JOSNETH BERROTERAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.600.648
Abogada: MARDELY JOSEFINA BERROTERAN GARCIA, abogada en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 28.859

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana FRANCIS JOSNETH BERROTERAN; se observa del acta de fecha 19/03/2012, cursante al folio 14 del presente asunto, que no comparecieron los testigos a ser evacuados, observándose desinterés en la causa, y al no haberse cumplido la formalidad de Ley, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de CARGA FAMILIAR, y en consecuencia, se DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA y se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día veinte (20) de Marzo de Dos Mil Doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.-
LA JUEZ


DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,


Abg. LUISA OLIVEROS

LCD/LO/Brey*