REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 8 de mayo de 2012
Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación
Vista la demanda de divorcio presentada intentada por JESÚS ALFONSO DELGADO ORTIZ, venezolano, mayor de edad, casado, técnico medio en informática, domiciliado en Araure y titular de la cédula de identidad V 21.057.634, contra MARIANNY CAROLINA MORENO RODRÍGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casada, técnico medio en informática, también domiciliada en Araure y titular de la cédula de identidad V 21.395.699, este Tribunal observa:
Examinando el libelo se constata que la demanda está dirigida al “Juez de Mediación y Sustanciación del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa” y en la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, no existe un juzgado de Mediación y Sustanciación del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Al no estar dirigida la demanda a este Tribunal, ni dirigida a un tribunal que exista en la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa al que se pueda remitir dicha demanda, la misma debe declararse inadmisible.
Es con base a los razonamientos anteriormente expuestos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA LA ADMISIÓN de la demanda de divorcio intentada por JESÚS ALFONSO DELGADO ORTIZ ya identificado contra su cónyuge MARIANNY CAROLINA MORENO RODRÍGUEZ, también identificada.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria Accidental

Lic. Albis Elena Torres Gamboa