Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Aurelio Antonio Mejía Hernández y Aleida Coromoto Rivas Castellanos, por concepto de Obligación de Manutención, por ante el Fiscalía Cuarta (E) Especializado para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, Civil e Instituciones Familiares del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en beneficio de su hijo XX, en donde el padre se comprometió a cancelar la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300,oo) mensuales como Obligación de Manutención, en el mes de agosto el padre aportará para su hijo vestido, calzado, y útiles escolares y en el mes de diciembre, vestido, calzado y un juguete, asimismo cubrirá el 50% de los gastos de medicamentos, atención medica, recreación, dicha cantidad de dinero se la entregará personalmente a la madre de su hijo previo recibo