REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 16 de mayo de 2012
202° y 153°
ASUNTO N°: AP21-S-2012-000670
PARTE ACTORA: ALSTOM HYDRO VENEZUELA, S.A.
APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: Carlos Nunes
PARTE OFERIDA: JESUS ANTONIO GARCIA DELGADO
APODERADOS JUDICIALES PARTE OFERIDA: No consta en autos
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el escrito de Transacción de fecha 10 de mayo de 2012, suscrito por los ciudadanos María Gonzalez, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.284 representante legal de ALSTOM HYDRO VENEZUELA, S.A., parte oferente y por la otra parte el ciudadano JESUS ANTONIO GARCIA DELGADO, titular de la cedula de identidad numero V-4.769.073, parte oferida, asistida en este acto por el Abogado Ricardo Rodriguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 24.116, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte oferente la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 438.000,oo). En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En virtud de todo lo anteriormente expuesto este Tribunal da por TERMINADO el presente proceso, y se ordena el archivo y cierre definitivo del expediente.-
La Juez
El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Arturo Yaggia
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