REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 09 de mayo de 2012
202° y 153°
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-000398
PARTE ACTORA: REINALDO ENRIQUE BLANCO FERMIN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Victor Hugo Rodriguez Goya, Ricardo Paytuvi Brown
PARTE DEMANDADA: TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Alfredo Morera
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Hoy, 9 de mayo de 2012, siendo las 11,30 AM, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos Desiree Brito, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 123.073, representante judicial de TELECOMUNICACIONES MOVINET, C.A, parte demandada y Víctor Rodríguez, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 4.881, Ricardo Paytuvi, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6.132, representantes judiciales de REINALDO ENRIQUE BLANCO FERMIN, en su condición de parte actora, presente en este acto, dándose así inicio a la audiencia. La parte demandada, a los efectos de terminar con este proceso, acepta pagar a la parte actora la cantidad de Bs. 224.017, por concepto de Prestaciones Sociales, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades y Bs. 30.221,76 por concepto de Salarios Caídos; ambos conceptos son pagados con cheques cuyas copias se anexan. La parte actora, a los efectos de terminar con este proceso, acepta el pago ofrecido por la parte demandada y solicita se dé por terminado este proceso. Visto que las partes han alcanzado un acuerdo satisfactorio, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se homologa el acuerdo de las partes, dándole efectos de cosa juzgada. Se deja constancia que las partes recibieron en este acto las pruebas consignadas al inicio de la audiencia.
El Juez
El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Arturo Yaggia
Los Presentes
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