REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno de mayo de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : AP21-S-2012-000496

Vista la transacción celebrada en fecha 08 de mayo de 2012, entre el ciudadano PABLO VIVAS, titular de la cédula de identidad Nro. 6.925.217 en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JESUS RODRIGUEZ , I.P.S.A. Nro. 64.027 , por una parte; y por la otra, el abogado en ejercicio HENRY SANABRIA, IPSA Nro. 58.596, en su carácter de apoderado de la oferente INVERSIONES CHARDENIS,C.A. , en el cual llegan a un acuerdo de Bs. 100.000,00 a cancelar en cinco partes, la primera de Bs. 20.000, mediante cheque que recibe en ese mismo acto, y las cuatro restantes por la cantidad de Bs. 20.000, cada una en fecha 7 de junio de 2012, 6 de julio de 2012, 7 de agosto de 2012 y 17 de septiembre de 2012; este Juzgado por cuanto el acuerdo transaccional no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, contiene derechos discutidos entre las partes; este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores. Una vez conste en autos el último pago se ordenará el cierre y archivo del expediente.-

La Jueza

La Secretaria

Abg. Olga Romero
Abg. Marylent Lunar