REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de mayo del año dos mil doce (2012)
202º y 153º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-000784
DEMANDANTE: PUBLIO BLANCO, HERNAN JOSE VALECILLOS, FIGGERALDO PINTO, FREDY JOSE CABRERA, MARIA DEL VALLE COVA, CARLOS RAMOS, CARLOS ALEXANDER PINTO, WLADIMIR ESCOBAR Y LILIANA ROMERO.
APODERADO JUDICIAL DE LOS DEMANDANTES: No acreditaron.
PARTE ACCIONADA: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA: No acreditó.
MOTIVO: INCUMPLIMIENTO DE ACTAS CONVENIO

En el día hábil de hoy, martes quince (15) de mayo del año dos mil doce (2012), siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia que ninguna de las partes compareció a este acto, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, en virtud de lo cual, en atención a lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 202° y 153º.

La Juez,
La Secretaria,
Abg. María Mercedes Millán
Abg. María Veruschka Dávila