REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (20°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Nueve (09) de Mayo de dos mil doce (2012)
201º y 153°
ASUNTO: AP21-L-2012-001344
PARTE ACTORA: JOSE GREEGORIO CHIRINOS COBI
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: LA GRANJA DEL POLLO 3, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: LIBNA MOTTA REINA.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy Miércoles Nueve (09) de Mayo de 2.012, siendo las 9:00 a:m, oportunidad fijada para que tenga lugar el Inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este Tribunal deja constancia de la Incomparecencia a la misma de la parte actora el ciudadano JOSE GREGORIO CHIRINOS COBI, titular de la cédula de identidad N° 21.071.970, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Igualmente este Tribunal deja constancia de la comparecencia, del ciudadano JOAO DE ANDRADE DE SOUSA, en representación de la empresa demandada LA GRANJA DEL POLLO 3 C.A., representado por la abogada LIBNA MOTTA REINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 43.750, parte demandada en el presente Juicio. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo (20) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 201° y 152°.


El Juez


Abg. Miguel Yilales Zurita

La Secretaria.

Las Partes Abg. Gloria Medina.

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