REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 21 de mayo de 2012
202º y 153º


Vista la diligencia suscrita en fecha 14 de mayo del año 2012, por la ciudadana Marialejandra Rodríguez A, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la contribuyente “PERNOD RICARD DE VENEZUELA, C.A”, mediante la cual solicita al Tribunal la acumulación de la presente causa, distinguida con las letras y números No. AP41-U-2010-000623, a la causa cursante en el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, en los términos siguientes: “Consigno en este acto sentencia Nº 00483, de fecha 09 de mayo de 2012, dictada por la Sala Político Administrativa del tribunal Supremo de Justicia donde confirma el fallo dictado por el Juzgado Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, la cual declaró Parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por esta representación. Como quiera que el asunto que se ventila en este juicio es exactamente igual en todas (sic) en cada una de sus partes, solicito la acumulación de las causas…”; este Órgano Jurisdiccional, a los fines de pronunciarse sobre lo solicitado, decide:
Segundo: Niego la acumulación, por cuanto dicha solicitud fue formula de manera ambigua al no indicar el asunto al cual se solicita la acumulación de la presente causa.
El Juez Titular,

Ricardo Caigua Jiménez.
La secretaria,

Hilmar Elena Rocha Esaá.
ASUNTO: AP41-U-2010-000623
RCJ/her.