REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 16 de mayo de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AF45-U-1985-000007 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N


Vista la diligencia de fecha 11 de Mayo del año 2012, suscrito por el ciudadano VICTOR GARCÍA ROJAS, Abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 76.667, actuando en su carácter de Sustituto de la ciudadana Procuradora General de la República, en representación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual solicita se dicte Auto de Ejecución de la Sentencia S/N, dictada en fecha 14 de marzo del año 1992, por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual declaró CON LUGAR, la apelación interpuesta por la Procuraduría General de la República, contra la Sentencia Nº 87 dictada por este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de fecha 08/10/87, quedando revocada en todas sus partes. A fin de proveer lo solicitado, este Tribunal, de la revisión realizada a las Actas que corren insertas en el presente Expediente pudo constatar:
PRIMERO: Que en fecha 14 de marzo del año 1992, se dictó Decisión S/N, mediante la cual se declaró Con Lugar, el presente Recurso Contencioso Tributario y se libraron Boletas de Notificación a cargo de los ciudadanos Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, al Fiscal del Ministerio Público con competencia Tributaria, Contralor General de la República y a la recurrente NICOMEDES ZULOAGA MOSQUERA, a los fines de lo dispuesto en el Artículo 277 del Código Orgánico Tributario.
SEGUNDO: Que fueron consignadas las respectivas Boletas de Notificación en su oportunidad: en fecha 20/09/2006, al Fiscal del Ministerio público con competencia en la materia Tributaria; en fecha 26/09/2006, Contralor General de la República; en fecha 18/10/2006, a la Procuradora General de la República y a la Recurrente mediante cartel a las puertas del Tribunal en fecha 13/12/10.
TERCERO: En fecha 25 de Enero de 2011, se dictó Auto declarando Firme la Decisión S/N de fecha 14 de marzo de 1992. En consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la precitada Sentencia, recaída en el presente procedimiento Contencioso Tributario, intentado por la recurrente “NICOMEDES ZULOAGA MOSQUERA”, este Tribunal acuerda de conformidad, y por tanto se decreta su ejecución de conformidad con lo previsto en los Artículos 280 del Código Orgánico Tributario, y 523 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente, a cuyo fin se ordena librar cartel a las puertas del Tribunal a la Recurrente “NICOMEDES ZULOAGA MOSQUERA,” para que proceda al cumplimiento o ejecución voluntaria de la Sentencia en mención a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 264 del vigente Código Orgánico Tributario; a cuyo efecto se conceden Diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del referido Cartel, para que la recurrente comparezca, por medio de Representante Legal o Apoderado Judicial, a esta Sede Jurisdiccional. Cúmplase y líbrese Cartel.-
LA JUEZ


Abg. BERTHA ELENA OLLARVES

EL SECRETARIO



Abg. HECTOR A. ROJAS

La presente decisión se público en su fecha, a las doce (12:00 a.m) horas del día.
EL SECRETARIO



Abg. HECTOR A. ROJAS



Asunto A. 377
Asunto N: AF45-U-1985-000007
BEOH/HR/OVA.-