REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 de mayo de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP41-U-2005-001048

Vista la diligencia de fecha 17 de marzo del año 2012, suscrita por la ciudadana ANARELLA E. DIAZ PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 44.289, actuando en su carácter de Abogada sustituto de la ciudadana Procuradora General de la República, en Representación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual solicita que se efectúe el cumplimiento voluntario de la Sentencia No. 1921 de fecha 06 de marzo del año 2012, dictada por el Tribunal Superior Quinto de Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, que declaró SIN LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO interpuesto por los ciudadanos LILIAN ASAPCHI y ISMAEL RAMIREZ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad V- 5.564.475 y V-10.697.770, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los No. 44.533 y 88.353 actuando en este acto en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente DISTRIBUIDORA PICO ROJO S.R.L., contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución No. GJT-DRAJ-2005-A-236 de fecha 14 de febrero de 2005 emanadas de la Gerencia Jurídica Tributaria del Ministerio de Finanzas. En consecuencia: 1- SE CONFIRMO el contenido de la Resolución No. GJT-DRAJ-2005-A-236 de fecha 14 de febrero de 2005 y sus respectivas planillas de liquidación. En cuanto a las COSTAS PROCESALES. Se exime de costas procesales por haber tenido motivo para el litigio, y FIRME como ha quedado según auto dictado en fecha 14 de mayo del año en curso. Este Tribunal acuerda lo solicitado, en consecuencia, se decreta su ejecución de conformidad con lo previsto en los Artículos 280 del Código Orgánico Tributario, y 524 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente. Se ordena librar Boleta de Notificación a la referida Contribuyente para que proceda al cumplimiento o ejecución voluntaria de la Sentencia en mención, para lo cual se le concede el lapso de diez (10) días de Despacho. Cúmplase y líbrese Boleta de Notificación.-


LA JUEZ,


Abg. BERTHA ELENA OLLARVES HERRERA

EL SECRETARIO



Abg. HECTOR ROJAS

ASUNTO: AP41-U-2005-001048
BEOH/HR/OVA.-