REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 23 de mayo de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AH13-V-2008-000026


Vista la diligencia presentada por el abogado Gonzalo Pérez Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.471, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil JBE Electronics C.A., mediante la cual solicita la ejecución forzosa de la sentencia, este Tribunal ordena agregar dicha actuación a los autos junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaría, todo a los fines legales consiguientes.
Visto el pedimento del apoderado judicial de la parte actora, donde solicita la ejecución forzosa, dado que se encuentra vencido el lapso para que la parte demandada cumpliera voluntariamente con su obligación dentro del plazo indicado por auto de fecha 11 de mayo de 2012; este Tribunal al respecto observa:
Que en fecha 05 de marzo de 2012, se dictó sentencia definitiva, proferida por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, específicamente en el particular Cuarto, se condeno a la parte actora, a la inmediata restitución del inmueble de autos, conformado por un (01) local comercial distinguido con el Nº PB, ubicado en la Planta Baja del Edif. Claret, situado en la Avenida Principal de Las Mercedes, Municipio Baruta del Estado Miranda, debiendo la parte demandante cubrir todos los gastos que genere dicha restitución. En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra el referido fallo, y en virtud de que la parte demandante no dio cumplimiento voluntario en la oportunidad correspondiente, este despacho decreta la ejecución forzosa de la referida sentencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 528 del Código de Procedimiento Civil, se DECRETA LA RESTITUCIÖN, del bien inmueble que se describe a continuación:
Un (01) local comercial distinguido con el Nº PB, ubicado en la Planta Baja del Edif. Claret, situado en la Avenida Principal de Las Mercedes, Municipio Baruta del Estado Miranda.
Para la práctica de la medida decretada, se acuerda librar despacho-comisión anexo a oficio dirigido al Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas de esta misma Circunscripción Judicial.
El Juez,

Dr. Juan Carlos Varela Ramos
La Secretaria,

Abg. Diocelis Pérez Barreto