REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS

Caracas, 25 de Mayo de 2012
202º y 153º

CARTEL DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

A la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA CODEVI C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 19 de Marzo de 1990, Bajo el Nº 27, Tomo 82-A SGDO, parte demandada, y al ciudadano RICCARDO CASUNNO MUSCI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.339.413., y/o sus Apoderados Judiciales constituido en autos, ciudadanos LUISA AMELIA CARRIZALES, RAMÓN CARMONA, RICHARD FORTUNATO y GELCERICO OBALLOS, abogados en ejercicio e inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 534, 27.072, 52.905 y 7.330, respectivamente, que con motivo del Juicio que por NULIDAD DE ASAMBLEA, sigue el ciudadano BENEDETTO IMBRIACO DE VITA, en su contra, (Expediente signado bajo el Nº 0067-12, nomenclatura de este Juzgado Itinerante, Nº AH13-V-1998-000081, Expediente antiguo), este Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 30 de noviembre del 2011, procedió abocarse de oficio al conocimiento de la causa y en consecuencia ordeno su notificación mediante Cartel, el cual deberá ser fijado tanto en Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, como en la sede de este Juzgado. Asimismo, ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos el cumplimiento de las formalidades anteriores comenzara a transcurrir el lapso de diez (10) días continuos vencidos los mismos se tendrán por notificadas las partes y se le concederán tres (3) días de despacho siguientes, a fin de que ejerzan los recursos que ha bien crean convenientes y manifiesten su interés en la continuación de la presente causa. Vencido dichos lapsos se procederá a realizar las actuaciones correspondientes, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ TITULAR

DRA. ADELAIDA C. SILVA MORALES.




EXP. Nº 0067-12
EXP. Antiguo AH13-V-1998-000081
ACSM/YOLANDA.