REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, dos (2) de mayo de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO N°: AP31-F-2009-003689
SOLICITANTES: JACSON ANTONIO PAREDES YANEZ y CARMEN AURORA
BRICEÑO.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A.
Se inició el presente expediente con motivo de la solicitud introducida el 11 de noviembre de 2009, por los ciudadanos JACSON ANTONIO PAREDES YANEZ y CARMEN AURORA BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°s. V.-10.536.658 y V.-10.821.890, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada IRAIDA SIERRAALTA OTERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 20.535; solicitando al Tribunal de conformidad con el articulo 185-A del Código Civil, declarase la disolución del vinculo matrimonial de los solicitantes, contraído por ellos ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador del Distrito Federa, hoy Distrito Capital, anotada bajo el N°. 154.
Se admitió la solicitud el día 16 de noviembre de 2009, ordenándose la notificación del Ministerio Publico, a los fines de que expusiera lo conducente a lo relacionado a la presente solicitud. Así se observa que la única actuación de los solicitantes está circunscrita a la fecha en que introdujeron la solicitud ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial.
En base a los hechos narrados, este Juzgado presume que ya los solicitantes no están interesados en proseguir con la presente solicitud, debido al tiempo transcurrido desde que se introdujo la misma.
Dada, firmada y sellada a los dos (2) días del mes de mayo de 2012, en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,
_________________________________
Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. VIOLETA RICO.
En esta misma fecha y siendo las 09:20 a.m., se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. VIOLETA RICO.
ZMRZ/VR/Daniel
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