Visto el escrito presentado en fecha 11 de mayo de 2012, por los ciudadanos ELIZABETH CARIDAD SANTANA y GUILLERMO ANTONIO SOTO, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-19.199.548 y V-3.838.781, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado CARLOS RODRIGUEZ MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.432, con motivo de Partición amigable de la Comunidad Conyugal, Este Tribunal, imparte se HOMOLOGACIÓN, en los mismos términos expresados en el escrito de solicitud. Cúmplase.-