Se refiere el presente caso a una solicitud de inserción de Partida de Defunción que ha presentado la ciudadana, Alicia Herrera de Sánchez, mayor de edad, casada, de este domicilio, Cédula de Identidad No 2.079.445, representada por la abogada Carmen Maritza Mantovani, IPSA #42.461.
Planteamiento de la solicitud
( Al folio 38 corre escrito de reforma)
Refiere la apoderada-solicitante que la madre de su representada: CARMEN SANCHEZ DE OTERO , venezolana por naturalización, de estado civil viuda, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad V-1.879.006, de ochenta y nueve años de edad, falleció en fecha 09 de enero de 2005, como consta del certificado de Defunción que anexa; y fue inhumada el 11 de enero de 2005, como consta del Certificado de Inhumación que acompaña.
Pero es el caso que el Acta de Defunción No.22, folio 22, Tomo 1 del año 2005, expedida por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Chacao, Dirección de Justicia Municipal Registro Civil, que acompaña, adolece de errores y omisiones, que va enumerando en trece ítems donde aparecen doce omisiones en dicha Acta.
En consecuencia, solicita que se ordene la rectificación del Acta de Defunción señalada, de conformidad del art. 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Examen de las pruebas
1.-
Al folio 04 corre documento poder notariado mediante el cual la ciudadana Alicia Herrera de Sánchez le otorgó mandato representativo a la abogada Carmen Maritza Mantovani, para presentar la presente solicitud.
2.-
Al folio 07 corre documento administrativo en original representativo del Certificado de Defunción de CARMEN SANCHEZ OTERO, expedida por el Ministerio de Salud, Medicina Interna, de la República Bolivariana de Venezuela, , del cual se desprenden varios ítems que están faltando en la Partida de Defunción objeto de corrección; y al cual se recurrirá para completar lo que falta de la referida 1Partida de Defunción.
3.-
Al folio08 corre documento administrativo representativo de la Certificación de fecha 10-01-2005 que hace el Cementerio Metropolitano Monumental, s.a. del Acto de Inhumación de la ciudadana SANCHEZ DE OTERO CARMEN, ocurrido el 11 de enero de 2005, a las 4:00 horas.
Lo curioso de este documento es que la fecha de su expedición (10 de enero de 2005) es anterior a la fecha de inhumación (11 de enero de 2005). Pudo deberse a un error material.
4.-
Al folio 19 corre copia certificada de la Partida de Defunción de la ciudadana Carmen Sanchez Otero, de la cual se observa numerosas omisiones, ya que lo único que allí se dice que Carmen Sánchez de Otero falleció el 09 de enero de 2005, que tenía 89 años de edad y que murió a consecuencia de un paro cardiaco, como lo certifica el médico Ariadna Simundis, aún cuando este nombre parece estar mal escrito, cuando el nombre correcto del médico sería: Hernán Simonovis P.
Pasamos a completar algunas de sus omisiones, acudiendo al Certificado de Defunción que riela al folio 07, como ya se dijo. En él se lee:
• Fecha de nacimiento: 20 de noviembre de 1915
• Lugar del fallecimiento: en su residencia natural: 1ª calle Transversal entre 1ª Av. Y Av. Andrés Bello. ED. Res. “Don Pedro. Piso 12º, Ap. 12-A, Los Palos Grandes, Chacao, Estado Miranda.
• Hora del fallecimiento: 11:00 p.m.
• Estado civil: viuda
• Titular de la Cédula de Identidad No.1.879.006
• De profesión: en blanco.
• Natural de España.
• Domiciliado en 1ª calle Transversal entre 1ª Av. Y Av. Andrés Bello. Ed. Res. “Don Pedro. Piso 12º, AP. 12-A, Los Palos Grandes, Chacao, Estado Miranda.
• Hijo de y de (padres): en blanco
• Casado: en blanco
• Deja hijos de nombre: en blanco
• Nombre del médico certificante: Dr. Hernán Simonovis., C.I. No.1713374

5.-
Al folio 12 corre otro documento administrativo emanado del SERVICIO ADMINISTRATIVO IDENTIFICACIÓN MIGACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME), donde el Director de Dactiloscopia y Archivo Central del Departamento de Datos Filiatorios, de CARFMEN SANCHEZ CELLIER DE OTERO, que completa los espacios en blancos de la Partida de Defunción anterior; y se constata:
• Los padres de Carmen Sánchez Cellier de Otero, son: Samuel Sánchez y Mercedes Cellier
• Nombre del que fue su esposo es: Bonifacio Otero.
6.-
Al folio 13 corre un documento administrativo del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería de ALICIA SUSUANA HERRERA DE SANCJEZ—solicitante—y allí se verifica que ella es hija de Sánchez Carmen.
7.-
Al folio 14 y ss corre en fotostato una página de la Gaceta Oficial, donde aparece publicado la manifestación de voluntad de ser venezolana de CARMEN SANCHEZ CELLER, donde se constata que manifestó que consta de medios lícitos de vida del trabajo de su esposo Bonifacio Otero Inchausti, de donde podemos constatar que ella es de profesión: ama de casa.

Parte dispositiva
En fuerza de las anteriores pruebas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de corrección de las omisiones y errores incurridos en la Partida de Defunción de la ciudadana CARMEN SANCHEZ DE OTERO, la cual fue emitida por el Registrador Civil del Municipio Autónomo Chacao Estado de Miranda, que aparece asentada bajo el No. 22, folio 22, Tomo uno del año 2005, y cuyas menciones—ya suplidas--son las siguientes:
• Falleció 09 de enero de 2005
• Fecha de nacimiento: 20 de noviembre de 1915.
• Tenía 89 años de edad.
• Estado civil viuda.
• Cédula de Identidad No.1.879.006.
• De profesión oficios del hogar.
• Natural de España-
• Lugar del fallecimiento: en su residencia natural: 1ª calle Transversal entre 1ª Av. Y Av. Andrés Bello. ED. Res. “Don Pedro. Piso 12º, Ap. 12-A, Los Palos Grandes, Chacao, Estado Miranda.
• Hora del fallecimiento: 11:00 p.m.
• Domiciliada en 1ª calle Transversal entre 1ª Av. Y Av. Andrés Bello. ED. Res. “Don Pedro. Piso 12º, AP. 12-A, Los Palos Grandes, Chacao, Estado Miranda.
• Hija de Manuel Sánchez y de Mercedes Cellier
• Casada con Bonifacio Otero, antes fallecido
• Deja seis hijos de nombres: Federico, Maria Antonia, Mercedes Herrera Sánchez, Alicia Herrera Sánchez, Marina Herrera Sánchez y Javier Herrera Sánchez
• Nombre del médico certificante: Dr. Hernán Simonovis., C.I. No.1713374
Copia certificada de la presente Sentencia deberá ser REMITIDAS al Registrador Civil del Municipio Autónomo de Chacao, a los efectos del art. 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil doce, en Los Cortijos de Lourdes.
El Juez
JOSE EMILIO CARTAÑÁ ISACH
La secretaria
IVONE CONTRERAS
Nota:
En esta misma fecha, siendo la una de la tarde, se publicó el anterior fallo con su inserción del mismo en los autos del expediente
La Secretaria