Visto el escrito presentado en fecha 21 de mayo de 2012, suscrito por los ciudadanos ANA ISABEL CAMACHO ARAUJO y JOSÉ LUÍS RANGEL MORA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.369.065 y V-14.035.054, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado MAEY DEY FUENTES REYES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 163.493, mediante la cual desisten del procedimiento de la presente solicitud, este Tribunal en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicho desistimiento en los términos expuestos, da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo de la solicitud. CUMPLASE.